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Pescadores artesanales solicitan nulidad del D.S. 018-2020-PRODUCE

El Ministerio de la Producción, está disponiendo que los armadores industriales puedan iniciar su proceso para obtener el permiso de pesca para embarcaciones usadas adquiridas en el exterior para recursos plenamente explotados o se encuentren limitados, como el jurel, caballa, pota, perico, anchoveta, entre otros.

Representantes de los pescadores artesanales del sur del Perú, emitieron un pronunciamiento dirigido al ministro de la Producción Econ. José Salardi Rodríguez, manifestando su malestar por la disposición del Decreto Supremo Nro. 018-2020-PRODUCE, que deroga la tercera disposición final del reglamento de la Ley General de Pesca (D.S. Nro. 012-2001-PE).

La citada norma, indicaba que el Ministerio de la Producción no otorgará autorización de incremento de flota a favor de armadores de embarcaciones usadas adquiridas en el exterior, cuando estas se dediquen a la extracción de recursos hidrobiológicos plenamente explotados o cuando se encuentre limitado el acceso a un recurso conforme a lo establecido en el artículo 19 del presente reglamento.

Lo que ahora, está disponiendo el Ministerio de la Producción, es que los armadores industriales podrán iniciar su proceso para obtener el permiso de pesca para embarcaciones usadas adquiridas en el exterior para recursos plenamente explotados o se encuentren limitados, como el jurel, caballa, pota, perico, anchoveta, entre otros.

Los hombres de mar, consideran que esta norma es contraria a las disposiciones que el Estado dispone para garantizar la sostenibilidad de los recursos marinos, y es lesivo al desarrollo de la pesca artesanal.

Es entendible que el Estado promueva las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la conservación y extracción de los recursos pesqueros, así como incrementar la modernización de la infraestructura y servicios pesqueros, pero este debe ser con un estricto control y claridad, que no permita el incremento de más embarcaciones y menos extranjeras que tienen una excesiva capacidad de bodega.

Además, si se incrementan la capacidad de extracción, solo se llegaría a una depredación, generándose una competencia desleal, causando impactos negativos en la pesca artesanal.

Por todos estos motivos, los dirigentes solicitan la nulidad del D.S. 018-2020-PRODUCE, al ser contraria y lesiva con la sostenibilidad y explotación racional de los recursos de la pesca peruana y en la economía nacional.

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