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Nuevo reglamento de Ley de Bienes Estatales

Por: Edgard Norberto Lajo Paredes

Ayer se publicó la Resolución Ministerial Nº 223-2020-VIVIENDA en donde se dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, del citado Reglamento y su exposición de motivos.

TUO DE LA LEY DE BIENES ESTATALES

Con la emisión de los dispositivos legales: Ley Nº 30047 (incorpora artículos); Ley Nº 30230 (modifica artículos); Decreto Legislativo Nº 1358 (incorpora y modifica artículos); Decreto de Urgencia Nº 071-2001 (Declara de interés nacional el saneamiento técnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas); Ley Nº 26512 (Declaran de necesidad y utilidad pública el saneamiento legal de los inmuebles de propiedad de los Sectores Educación y Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción); Ley Nº 27493 (Ley de saneamiento físico-legal de bienes inmuebles de las entidades del sector Público); Decreto Legislativo Nº 1439 (Sistema Nacional de Abastecimiento – SNA, modifica artículos). Tales normas introdujeron nuevos preceptos y conceptos, dando lugar a la expedición del Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el cual se han consolidado todas las incorporaciones y modificaciones efectuadas a la citada Ley.

PUBLICACIÓN DE PROYECTO DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE BIENES ESTATALES

Como era de esperarse, tenían que elaborarse un nuevo Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, cuyo proyecto, acaba de publicarse en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir las sugerencias, comentarios y/o aportes de las personas interesadas, a través del citado Portal Institucional, en el link “Proyecto de nuevo Reglamento de la Ley Nº 29151”, dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, hasta el día 19 de octubre de 2020.

MUNICIPALIDADES A PRONUNCIARSE

Las Unidades Orgánicas de Control Patrimonial o simplemente Patrimonio Público, de las Municipalidades provinciales y distritales, en coordinación con Gerencia Municipal, Contabilidad, Desarrollo Urbano, Asesoría Legal y Procuraduría Pública Municipal, en coordinación con las organizaciones de Asentamientos Humanos; tienen la obligación institucional y el deber funcional de estudiar el proyecto de Nuevo Reglamento de la Ley de Bienes Estatales, por consiguiente elaborar sugerencias, recomendaciones y propuestas; desde la experiencia y realidad, necesidad y proyección, de los respectivos Gobiernos Locales, plasmarlas en un Acuerdo de Concejo, aprobado en sesión de concejo municipal lo cual le da legitimidad; a fin, la norma reglamentaria tome en cuenta los puntos de vista institucionales de las Municipalidades y pueblos del Perú.

PROGRAMAS MUNICIPALES DE VIVIENDA Y OTROS

Tener en consideración que, los problemas de vivienda de nuestra población, se dan en el ámbito municipal, los mismos pueden solucionarse con Programas Municipales de Vivienda – PROMUVI, requiriéndose de terrenos saneados y habitables para atender las necesidades de vivienda. Entonces proponer en el nuevo Reglamento, la preferencia de transferir predios de la Superintendencia de Bienes Estatales a las Municipalidades, que tengan: Plan de Acondicionamiento Territorial; Plan de Desarrollo Urbano; Programa de Vivienda Municipal, debidamente elaborados y aprobados. Lo mismo realizar para las transferencias de áreas de terreno, a favor de los Gobiernos Locales, para la ejecución de obras, siempre y cuando cuenten con aprobación de Invierte.Pe y tengan presupuesto. A trabajar se ha dicho.


ESTUDIO JURÍDICO DERECHO Y PRENSA

Edgard Norberto Lajo Paredes

Abogado Municipalista CAA 2976

Cel. 987-842-520 / 982-659-739

Análisis & Opinión

ANÁLISIS Y OPINIÓN