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Nuestro Valle de Tambo ¿Qué?

Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes     

Nuevamente y por quinta vez con Decreto Supremo Nº 133-2020-PCM (El Peruano: 31/07/20), se Prorroga el Estado de Emergencia por impacto de daños a consecuencia de contaminación hídrica, en los distritos de Chojata, Matalaque, Quinistaquillas, Coalaque y Omate de la provincia de General Sánchez Cerro, del departamento de Moquegua; Estado de Emergencia desde diciembre de 2019.

CONTAMINACIÓN DE LOS RÍOS CORALAQUE Y TAMBO

La declaratoria de Estado de Emergencia por contaminación hídrica, se basa en los Informes de Emergencia del COEN Centro de Operaciones de Emergencia Nacional – INDECI, tienen el mismo rótulo: “CONTAMINACIÓN DE LOS RÍOS CORALAQUE Y TAMBO EN EL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA”. En Hechos, dicen: “Desde el año 2016, los ríos Coralaque y Tambo han mostrado cambios de color (verde amarillento, amarillo y naranja intenso) en sus aguas, las cuales como resultado de estudios realizados muestran concentraciones de metales pesados (Arsénico, boro, aluminio y hierro) que superan los límites máximos permisibles, por lo que se especula que sea a consecuencia del arrastre y contaminación por desechos de material producto de la explotación de la mina, lo cual afecta a terrenos agrícolas, ganado vacuno, fauna y flora propia del lugar, ocasionando diarreas, muertes y abortos, en el anexo de Huarina del distrito de Matalaque y distritos de Quinistaquillas, Omate, Coalaque y Chojata de la provincia de General Sánchez Cerro”. Luego, se lee: “Asimismo, desde el mismo año 2016, se ha manifestado la contaminación de las aguas del río Coralaque, afluente del río Tambo, lo cual ha causado que el color de sus aguas a la fecha sea de color amarillo – naranja intenso, probablemente originado por el arrastre de los residuos de material contaminante explotado por la mina que se ubica en la cabecera de su cuenca. A consecuencia de esta contaminación se han afectado terrenos de cultivo y ganado vacuno de los pobladores del centro poblado de Santiago de Pachas, distrito de Chojata, provincia de General Sánchez Cerro”.

APOYO DEL GOBIERNO NACIONAL Y REGIONAL

El Estado de Emergencia, permite al Gobierno Nacional y Regional, apoyar fuertemente –como corresponde- a dichos distritos con dinero, técnicos, equipos y proyectos de inversión en saneamiento (agua potable y desagüe), agropecuario (infraestructura de regadío) y social (salud y educación). Lo cual está muy bien.

Y EL VALLE DE TAMBO ¿QUÉ?

Si “Desde el año 2016, los ríos Coralaque y Tambo han mostrado cambios de color (verde amarillento, amarillo y naranja intenso) en sus aguas, las cuales como resultado de estudios realizados muestran concentraciones de metales pesados (Arsénico, boro, aluminio y hierro) que superan los límites máximos permisibles”; coloraciones vistas también en nuestro Valle de Tambo, preguntamos: ¿Por qué no se declara el Estado de Emergencia por contaminación hídrica a los distritos de la provincia de Islay (Cocachacra, Punta de Bombón, Deán Valdivia, Mejía, Mollendo y Matarani? Pues, al igual que los distritos moqueguanos, también somos tributarios del mismo río Tambo con contaminación de metales pesados, según INDECI.

SEÑORES ALCALDES Y REGIDORES

En cada concejo municipal de Mollendo, Cocachacra, Punta de Bombón, Deán Valdivia, Mejía y Matarani, aprobar el Acuerdo de Concejo, de gestionar ante INDECI Arequipa, elabore el Informe de Emergencia de contaminación del río Tambo (metales pesados), para solicitar a la Presidencia del Consejo de Ministros, Declarar el Estado de Emergencia, por contaminación hídrica, al Valle de Tambo y a los seis distritos de la provincia de Islay, por 180 días calendarios; a fin, también ser atendidos prioritariamente, por el Gobierno Nacional y el Gobierno Regional de Arequipa; de esta manera cuidar a nuestra población, proteger nuestra agricultura, rescatar nuestro río Tambo; en resumidas cuentas, preservar la salud y el medio ambiente.

DESECHAR ABSURDAS TESIS

Rechacemos la ridícula tesis de “Un mismo río: dos contaminaciones” (en la parte de Moquegua, se debería a desechos mineros y en el sector del Valle de Tambo, a contaminación “natural”). Igual forma, rechacemos la absurda conclusión de la “Contaminación natural del río Tambo”. Defendamos y hagamos respetar nuestra dignidad fin supremo de la sociedad y del Estado; de conformidad con el Artículo 1 de la Constitución Política del Perú.

Análisis & Opinión

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