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Miembros de mesa no tendrán día libre, debido a que el lunes, igual es feriado

Recientemente el Ministerio de Trabajo publicó un decreto que beneficiará a miles de peruanos serán miembros de mesa este domingo siete de octubre.

Más de 485 mil peruanos han sido sorteados para ser miembros de mesa titulares o suplentes en las elecciones municipales y regionales de este 7 de octubre. En el mejor de los casos, la mitad de ellos efectivamente será miembro de mesa para esta jornada cívica, una función que en cada proceso electoral es compensada con un día de descanso en sus centros de labores.

¿QUÉ PASARÁ ESTE AÑO?

Según el Decreto Supremo Nº 010-2018 del Ministerio de Trabajo, las personas que sean miembros de mesa tendrán derecho a una jornada laboral compensable el lunes 8 de octubre.

«Declárase el 8 de octubre de 2018 como día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las Elecciones Regionales y Municipales 2018 y que en su centro de labores realizan jornadas atípicas de trabajo», versa el texto.

FERIADO

Sin embargo, el lunes 8 de octubre se conmemora en el Perú el Combate de Angamos, por lo que ningún trabajador peruano está obligado a laborar ese día. Así, en la práctica, los miembros de mesa no tendrían un día no laborable extra ya que descansarán durante el feriado.

FACILIDADES PARA VOTAR

Los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación y que participen en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán los días viernes 5, sábado 6 y domingo 7 de octubre de 2018. Tampoco laborarán el día lunes 8 de octubre del presente año los trabajadores antes señalados que realizan jornadas atípicas de trabajo.

En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

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