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Elecciones 2018: conoce las multas por no ir a votar este domingo

A nivel nacional, un total de 485,640 ciudadanos resultaron sorteados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, con miras a las elecciones regionales y municipales de hoy 7 de octubre, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que un total de 485,640 ciudadanos a nivel nacional resultaron sorteados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes para las elecciones regionales y municipales se realizarán hoy 7 de octubre de este año. Estos comicios permitirán elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de todos los departamentos del país y de la Provincia Constitucional del Callao.

Según el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembros de mesa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, los funcionarios y empleados de los organismos electorales que conforman el Sistema Electoral ni los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.

Tampoco pueden ejercer este cargo los funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral, las autoridades políticas, las autoridades o representantes provenientes de elección popular, así como los ciudadanos que integren los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros.

CARGO IRRENUNCIABLE Y MONTOS POR NO CUMPLIR

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo que el ciudadano tenga un grave impedimento físico o mental, o la necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años. El ciudadano que resulte sorteado miembro de mesa (titular o suplente) deberá ejercer esta función. De no hacerlo, deberá pagar una multa de S/.207.50. Si no cumple con la función de miembro de mesa y a la vez no vota, se hará acreedor a dos multas, una por no ejercer el cargo de miembro de mesa y la otra por no votar.

Elizabeth Jiménez, representante de la Oficina de Atención al Ciudadano de la ONPE, explicó que esta disposición se da en cumplimento a la Ley N° 28859, Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales; y reduce las multas en favor de los ciudadanos omisos al sufragio.

Indicó que existe un mapa de pobreza donde aparecen todos los distritos del Perú, divididos entre los distritos no pobres, los pobres extremos y los pobres no extremos.

“Esa tabla de multas la podemos en el portal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Por ejemplo, Lima Metropolitana es considerado no pobre y la multa es de 83 soles igual que las capitales de los departamentos”, recalcó.

LA ESCALA DE MULTAS VIGENTE ES LA SIGUIENTE:

Distrito considerado No pobre: 83 soles

Distrito considerado Pobre no extremo: 41.50 soles

Distrito considerado Pobre extremo: 20.75 soles

Multa por no ejercer la función de miembro de mesa:  207.50 soles

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