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Declaran improcedente lista de “Fuerza Arequipeña” en Cocachacra por incluir a una menor de edad

Según la resolución en mención y publicada por el JEE Arequipa, se trata de Kamila Eduarda Carrasco Cárdenas quien en la actualidad tiene 17 años y que de acuerdo al documento del Jurado, cumple mayoría de edad recién el 27 de julio, por lo que su inscripción no se ajusta a la norma establecida en el Reglamento y la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864.

UNO MENOS. Haber presentado en su lista de candidatos al Concejo Distrital de Cocachacra por el movimiento “Fuerza Arequipeña” a una menor de edad, le podría costar la candidatura a Mario Roque Orovilla y toda su lista; esto tras conocerse la Resolución Nº 344-2018-JEE-AQPA/JNE del Jurado Electoral Especial de Arequipa (JEE), en donde se resolvió declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de dicha organización política.

UNA MENOR DE EDAD

Según la resolución en mención y publicada por el JEE Arequipa, se trata de Kamila Eduarda Carrasco Cárdenas quien en la actualidad tiene 17 años y que de acuerdo al documento del Jurado, cumple mayoría de edad recién el 27 de julio, por lo que su inscripción no se ajusta a la norma establecida en el Reglamento y la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864.

NO CUMPLE LA CUOTA DE GÉNERO

El tema no acaba allí. Para cumplir con la inscripción se requiere que la lista de candidatos al Concejo de Cocachacra sea integrado por cinco (5) regidores. De ellos, no menos del 30% (dos) deberán ser hombres o mujeres. En este caso hay tres hombres y dos mujeres (incluyendo la menor de edad).

Dicha circunstancia trae como consecuencia que la lista de inscripción de candidatos incumpla con la cuota de género, pues solo tendría a una candidata del género femenino, siendo la exigencia legal para dicho concejo distrital, la de contar con no menos de dos (2) candidatas, se lee en la resolución.

MARIO ROQUE APELARÁ

Consultado al respecto, el candidato a la alcaldía distrital de Cocachacra, Mario Roque Orovilla, sostuvo que a nivel de la organización política se están efectuando los trámites para presentar en Arequipa ante el JEE la apelación correspondiente y sea este órgano electoral quien corra traslado al JNE para que éste convoque a una audiencia al personero de la lista y un abogado para levantar la improcedencia, emitiéndose luego una resolución final e inapelable, que consienta el argumento del movimiento político, o ratifique la resolución del JEE.

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