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Comisión de Economía aprobó la ley antimonopolio para controlar fusiones empresariales

La Comisión de Economía del Congreso aprobó ayer el proyecto de ley que busca regular las fusiones y adquisiciones empresariales, para evitar que este tipo de operaciones genere monopolios, oligopolios o duopolios, afectando la libre competencia en un mercado determinado y el bienestar de los consumidores.

El dictamen recoge varias iniciativas legislativas. El primer proyecto de esta naturaleza fue presentado por Yonhy Lescano en octubre del 2016, días antes de que la gigante cervecera AB Inbev anunciara la oficialización de su fusión con SAB Miller, propietaria de Backus en el Perú, anunciada un año antes. En la práctica, esta operación concentraba más del 99% del mercado cervecero peruano en una sola empresa y dio inicio a la discusión sobre la necesidad de establecer en el Perú una ley antimonopolio como las que existen en otros países.

El congresista Jorge del Castillo también propuso otro proyecto de ley de control de fusiones y adquisiciones en marzo del 2018, dos meses después de que InRetail Perú, perteneciente al grupo Intercorp y dueña de Inkafarma, anunciara la compra de Quicorp S.A., empresa dueña de Química Suiza y de las cadenas de farmacias Mifarma, BTL, Fasa, Arcángel, entre otras, por 583 millones de dólares.

En ese momento, Del Castillo destacó que la norma “es lo mejor que le puede pasar al país” para evitar riesgos como «que lleguen a subir los precios o que pongan precios quebratorios para que la competencia desaparezca y así haya abuso de mercado (…) también hay una amenaza de despidos justamente para reducir costos”.

MILLONARIAS FUSIONES

Durante el debate, el congresista Víctor Andrés García Belaunde detalló que durante el 2017 se registraron 130 fusiones en el país. Informó que 64 de ellas representaron operaciones por un valor conjunto de US$6,379 millones.

¿QUÉ OPERACIONES PASARÁN POR ESTE CONTROL PREVIO?

El dictamen señala que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia de Indecopi será la encargada de realizar en primera instancia una evaluación previa de las operaciones de concentración empresarial que cumplan una serie de requisitos.

En caso de apelación, será el Tribunal de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual la encargada de resolver en la segunda y última instancia administrativa.

Dentro de este tipo de operaciones se consideran la fusión de dos o más agentes económicos; la adquisición de derechos para ejercer control sobre la totalidad o parte de uno o varios otros agentes económicos; la constitución de una empresa en común, un joint venture que cumpla las funciones de una entidad de económica autónoma y la adquisición por parte de un agente económico del control de los activos operativos de otra empresa.

Sin embargo, solo deberán pasar por este control previo las concentraciones entre empresas cuyo valor de ventas brutas totales en el país sumen más de 100,000 UIT (S/ 415 millones). Este umbral es más bajo que el que planteaba el proyecto original del congresista Del Castillo, que fijaba este tope en 120,000 UIT (S/ 498 millones), lo cual obligará a más empresas a pasar por esta evaluación.

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