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Sobre Ruedas

Por: Henry Salazar Marquina

Sanciones por incumplimiento del estado de emergencia

Amigos, tomemos conciencia de la gravedad y realidad que estamos viviendo en estos momentos como producto del coronavirus Covid-19. La irresponsabilidad de cientos de ciudadanos que no acatan el aislamiento social obligatorio, puede dar lugar a que esta pandemia se expanda de manera incontrolable y haya muchas pérdidas de vida de nuestros seres queridos.

Ante esta irresponsabilidad, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú serán muy drásticos en hacer cumplir las medidas decretadas por el Gobierno con la finalidad de poder contener la expansión del coronavirus Covid-19.

Este es un tema de vida o muerte, debemos proteger la vida de nuestros familiares y eso debe entender la población en general, que hasta ahora no toma la conciencia debida, por lo que será necesario que se tomen medidas extremas.

En el caso del sector transportes, que están muy bien definidas las condiciones de poder o no circular en los decretos correspondientes, al conductor que sea intervenido circulando por la vía pública sin cumplir con las restricciones establecidas tras la disposición del estado de emergencia y que no cuente con la autorización para circular, se le va a retener la licencia de conducir y la tarjeta de propiedad, adicionalmente de imposición de la infracción que le corresponde, que es la M-41 sancionada con una multa de S/ 6,450.00, que equivale a 1.5 de la Unidad Impositiva Tributaria. Adicionalmente los conductores que no acaten las restricciones obligatorias serán puestos a disposición de la comisaría de la PNP para las denuncias penales correspondientes.

Durante la vigencia del estado de emergencia queda prohibido el uso de vehículos particulares, excepto los vehículos necesarios para la provisión de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas.

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