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Abad Pari y Gerardo Carpio oficialmente en carrera, con resoluciones N° 00622 y N° 00623 del JEE

El Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, cumpliendo la Circular N° 0003-2018-SG/JNE, de fecha 06 de agosto del 2018 emitida por el Jurado Nacional de Elecciones-Lima que dispone  declarar nulas las 2 resoluciones anteriores del Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto (JEE) que declaraban inicialmente improcedentes las 2 solicitudes de Inscripción de las organizaciones políticas RESTAURACIÓN NACIONAL  Y  DEMOCRACIA DIRECTA y en la misma circular se indica que declaró fundado los 2 recursos de apelaciones presentados, dándoles las razón en esa instancia.

JEE CUMPLE LO DISPUESTO MEDIANTE CIRCULAR N° 003-2018 EMITIDO POR EL JNE-LIMA

Es por ello, el JEE cumpliendo lo resuelto por el JNE, ha colgado en su página web y plataforma virtual las siguientes y últimas Resoluciones N° 00622-2018-JEE-MNIE/JNE y la N° 00623-2018-JEE-MNIE/JNE, estas con fecha, 08 DE AGOSTO DEL 2018, las mismas que dan luz verde a la Inscripción de estos 2 partidos políticos que lideran Abad Pari Aguilar y Gerardo Carpio Díaz respectivamente, pudiendo participar en estas elecciones donde ambos postulan a la alcaldía provincial de Ilo.

DECLARAN IMPROCEDENTE INSCRIPCIÓN DE DENUNCIANTE MADELEINE RODRIGUEZ CANO

El Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto en lo que respecta a la Resolución favorable en parte al partido político Restauración Nacional, resuelve en el artículo primero declarar improcedente la inscripción a la candidata a Regidor con el número 4, Madeleine Marfeda Rodríguez Cano, por no haber podido subsanar las observaciones Restauración Nacional.

RESTAURACIÓN NACIONAL NO PUDO EXCLUIRLA INICIALMENTE, PERO JNE “LES HIZO EL FAVOR”

Prácticamente está última Resolución del JEE les hace el favor a Restauración Nacional de excluir a la señorita Madeleine Rodríguez Cano de su agrupación política, porque según manifestaron los simpatizantes y líder de esta agrupación política era un dolor de cabeza y muy problemática esta candidata a regidora.

Es por ello que intentaron sacarla de la lista de regidores desde un principio, pero no pudieron hacerlo, hecho que les originó una escandalosa denuncia fiscal y periodística por supuestamente falsificación de firmas y huella digital presentada en una declaración jurada al JEE en su agravio.

Por esos motivos, fue declarada improcedente su solicitud de inscripción a través de la primera Resolución del JEE, la misma que fue apelada a través de un recurso impugnatorio que finalmente el JNE les dio la razón y declaró fundado en parte su pedido.

CLICK PARA DESCARGAR RESOLUCIÓN Nº 00622 – ABAD PARI

CLICK PARA DESCARGAR RESOLUCIÓN Nº 00623 – GERARDO CARPIO

 

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